Habiéndose suscrito el 3 de marzo de 1998 el Convenio Marco de Colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Unión de Comunidades Islámicas de España, procede la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del citado convenio, que figura como Anexo de la presente Resolución, en cumplimiento de la estipulación cuarta de aquél.
ANEXO
Convenio Marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Unión de Comunidades Islámicas de España
En Madrid, a 3 de marzo de 1998.
Reunidos:
De una parte el excelentísimo señor don Alberto Ruiz Gallardón, Presidente de la Comunidad de Madrid, en representación de la misma, en virtud de lo dispuesto en el artículo 17.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid y de conformidad con los Acuerdos del Consejo de Gobierno de fecha 13 de noviembre de 1997 y de 24 de diciembre de 1997.
Y de otra don Riaÿ Tatary Bakry, en representación de la Unión de Comunidades Islámicas de España, U.C.I.D.E. Entidad Religiosa con domicilio en Madrid, calle Anastasio Herrero, número 5, que tiene el número 3.090 SE/D en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia, y como Presidente de la misma.
Manifiestan:
Que la Comunidad de Madrid y la Unión de Comunidades Islámicas de España, como expresión de su deseo de establecer una colaboración en áreas de interés común; suscriben el presente Convenio Marco, que servirá de base para la elaboración de acuerdos sectoriales sobre diferentes materias entre las distintas Consejerías y Organismos dependientes de ambas Instituciones.
Y en su virtud, ambas partes, reconociéndose mutuamente capacidad suficiente para obrar como lo hacen en este acto, acuerdan suscribir el presente Convenio Marco de Colaboración que habrá de regirse por las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Área de relaciones institucionales
- Establecer un cauce de diálogo y cooperación que se utilice como nexo de relación permanente entre ambas Instituciones, a través de la Viceconsejería de Presidencia por la Comunidad de Madrid y de la Vicepresidencia de la U.C.I.D.E., para la coordinación, seguimiento y desarrollo del Convenio, así como de los acuerdos que en su día se firmen a nivel sectorial con las distintas Consejerías u Organismos de la Comunidad de Madrid. Esta relación institucional servirá asimismo para abrir otras vías en materias no detalladas en el presente Convenio Marco, o tratar cualquier incidencia que pudiera surgir en la relación de ambas instituciones.
- Con el fin de dar un adecuado cumplimiento al punto anterior, acuerdan la celebración de una reunión bilateral al año y la posibilidad, por ambas partes, de solicitar las reuniones puntuales que sean necesarias, llegando, si es preciso, a fijar un calendario de reuniones.
- Reconocer a la U.C.I.D.E. como referencia válida para la Comunidad de Madrid en materia religiosa Islámica.
Segunda
Área de cultura
- Reconocer las manifestaciones culturales de la U.C.I.D.E. como parte del acervo cultural integrado en la Comunidad de Madrid, apoyando los actos que se organicen, si se considerase pertinente, mediante el uso de locales o la difusión de los mismos.
- Promover, en los programas de actos culturales patrocinados por la Comunidad de Madrid, la participación de personas y entidades del mundo de la cultura islámica, auspiciados por la U.C.I.D.E.
- Colaborar en la conservación del patrimonio cultural y arqueológico islámico existente en la Comunidad de Madrid, vestigio y legado del pasado histórico musulmán de Madrid.
- Desarrollar actividades a favor de la tolerancia y de la solidaridad.
Tercera
Área de obra social
- Prestar una atención adecuada en materia de Servicios Sociales a las personas de religión Islámica que se encuentren en situación de desventaja o riesgo social.
- Establecer acuerdos que permitan la participación del voluntariado en las actividades de la U.C.I.D.E. que tengan carácter social.
- Promover la cesión de terrenos para el establecimiento de cementerios islámicos en la Comunidad de Madrid, en los núcleos de población donde el número de residentes musulmanes sea más relevante.
- Promover la cesión de terreno público para erigir mezquitas y lugares de culto Islámico en la Comunidad de Madrid.
- Facilitar comida "Halal" en aquellos hospitales, guarderías, centros de ayuda o de asistencia social de carácter público dependientes de la Comunidad de Madrid, en los que el número de usuarios de religión Islámica resulte significativo, si media petición al respecto por parte de los mismos.
- Realizar programas de atención a la especial problemática de los inmigrantes de religión Musulmana.
- Habilitar acuerdos que permitan realizar programas para el establecimiento de granjas-escuela o talleres, para evitar el fracaso de los escolares musulmanes en la Comunidad de Madrid.
- Colaborar en materia de guarderías infantiles, tanto en relación con la ya en funcionamiento dependiente de la U.C.I.D.E., como para la creación de otras nuevas.
Cuarta
Vigencia
El presente Convenio entrará en vigor al siguiente día de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y su vigencia permanecerá mientras no se denuncie por una o ambas partes con un preaviso de tres meses de antelación a la fecha que se proponga como finalización del mismo.